Calculadora de permiso de nacimiento
Prestación total estimada
8867 €
19 semanas · 2000 €/mes equivalente
Desglose
- Salario bruto mensual
- 2000 €
- Base reguladora diaria
- 66,67 €
- Prestación diaria (100%)
- 66,67 €
- Duración (19 sem. = 133 días)
- 133 días
- Prestación mensual equivalente
- 2000 €/mes
- Prestación total del permiso
- 8867 €
La prestación por nacimiento es el 100% de la base reguladora. Esta estimación parte del salario indicado; el INSS calcula el importe oficial con las bases de cotización aplicables, que varían según el régimen y la situación laboral.
Preguntas frecuentes
¿Cuánto se cobra por nacimiento y cuidado de menor?
La prestación equivale al 100% de la base reguladora. Esta calculadora estima el resultado a partir del salario indicado, pero el INSS aplica las bases de cotización que correspondan.
En trabajadores por cuenta propia, tiempo parcial o situaciones especiales, el cálculo oficial puede diferir de una estimación basada solo en el salario mensual.
¿Cuántas semanas dura el permiso en 2026?
Para nacimientos, adopciones, guardas o acogimientos desde el 31 de julio de 2025, cada progenitor dispone de 19 semanas. En familias monoparentales la duración es de 32 semanas.
- 6 semanas son obligatorias e inmediatamente posteriores al nacimiento o resolución.
- El permiso alcanza 17 semanas por progenitor durante el primer año del menor.
- Las 2 semanas restantes pueden disfrutarse de forma flexible hasta que el menor cumpla 8 años.
¿El permiso es igual para ambos progenitores?
Sí. El derecho de 19 semanas por progenitor es individual e intransferible. Las seis primeras semanas deben disfrutarse inmediatamente; las restantes se distribuyen dentro de los plazos legales.
¿Qué ocurre si el nacimiento fue anterior al 31 de julio de 2025?
Las familias con nacimientos o situaciones equivalentes desde el 2 de agosto de 2024 pueden solicitar las dos semanas adicionales flexibles a partir del 1 de enero de 2026, según la Seguridad Social.
¿Los autónomos tienen derecho a esta prestación?
Sí. Las personas trabajadoras por cuenta propia pueden acceder si cumplen los requisitos de alta, cotización y pago de cuotas aplicables. La cuantía es el 100% de su base reguladora.