Calculadora de despido y finiquito
Estima el finiquito y, si corresponde, la indemnización por despido a partir de tus fechas, tu sueldo y el motivo de la baja, con las reglas generales del ámbito laboral español.
Importe bruto a recibir
3.326,69 €
- Sueldo pendiente (9 días)
- 690,41 €
- Pagas extra proporcionales
- 1.097,83 €
- Periodo trabajado
- 1 año y 1 día
- Días por año aplicados
- 20
- Periodo de la indemnización
- 20 días
Preguntas frecuentes
¿Qué diferencia hay entre despido y finiquito?
El despido es la decisión de la empresa de poner fin al contrato. El finiquito es el documento económico que liquida todas las cantidades pendientes al cesar la relación laboral: días trabajados del último mes, vacaciones no disfrutadas y parte proporcional de las pagas extras.
Son conceptos distintos: siempre hay finiquito; la indemnización solo existe en ciertos tipos de despido.
¿Qué conceptos incluye normalmente el finiquito de un trabajador?
El finiquito incluye los días trabajados del mes en curso no pagados, las vacaciones generadas y no disfrutadas, y la parte proporcional de las pagas extras devengadas hasta la fecha del cese.
Si la empresa debe pagar indemnización, ese importe se añade por separado.
¿Me corresponde indemnización si renuncio por mi cuenta?
En general no. Si la baja es voluntaria, solo tienes derecho al finiquito (días trabajados, vacaciones y parte de pagas). La indemnización por despido solo corresponde cuando es la empresa quien extingue el contrato, salvo en casos de dimisión por causas imputables al empleador (despido indirecto) reconocidos judicialmente.
¿En qué casos me corresponde una indemnización por despido?
Corresponde indemnización en el despido improcedente (33 días de salario por año trabajado, con un máximo de 24 mensualidades; 45 días por año para el tiempo anterior al 12 de febrero de 2012), en el despido objetivo por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción (20 días por año, máximo 12 mensualidades) y al terminar un contrato temporal (12 días por año).
El despido disciplinario procedente y la baja voluntaria no generan indemnización. La calculadora aplica los 33 días por año a toda la antigüedad.
¿Cómo sé si mi despido es procedente o improcedente?
Un despido es procedente si la empresa acredita la causa alegada. Es improcedente si no la acredita o no se siguen los trámites correctos. La calificación definitiva la hace el juzgado de lo social si se impugna, o se establece por acuerdo en conciliación.
Un despido improcedente genera mayor indemnización que uno procedente.
¿El finiquito y la indemnización tributan en el IRPF?
El finiquito (vacaciones, días trabajados, pagas proporcionales) tributa como rendimiento del trabajo. La indemnización por despido improcedente está exenta de IRPF hasta los límites legales obligatorios.
Las cantidades pactadas que superen esos límites sí tributan.
¿Puedo cobrar el paro si me han despedido?
Sí, siempre que el despido sea involuntario y hayas cotizado al menos 360 días en los últimos 6 años. Si firmas el finiquito con baja voluntaria, en cambio, no tienes derecho a la prestación contributiva por desempleo.