Estimador de IRPF por venta de vivienda

Estima el IRPF de la ganancia al vender una vivienda con la escala del ahorro. La plusvalía municipal no se incluye: exige el valor catastral del suelo.

Datos de la venta

€
€

Vivienda habitual

€

IRPF estimado

14.980,00 €

Tipo efectivo estimado: 21,4 %

Ganancia patrimonial
70.000,00 €
IRPF estimado
14.980,00 €
Plusvalía municipal (IIVTNU)
No calculada
Importe tras IRPF estimado
235.020,00 €

Sobre una ganancia introducida de 70.000,00 €, el cálculo aplica de forma progresiva la escala del ahorro publicada para IRPF 2025 y estima 14.980,00 €. Al ser vivienda habitual, la ganancia queda exenta si tienes 65 años o más, o en la parte que reinviertas en otra vivienda habitual en 2 años: indícalo arriba para aplicarlo.

Referencia fiscal: escala estatal y autonómica del ahorro publicada por la Agencia Tributaria para IRPF 2025. Para una venta en otro ejercicio, contrasta la escala aplicable.

Preguntas frecuentes

¿Qué tramos de IRPF se aplican a la ganancia estimada?

Como referencia para IRPF 2025, la escala conjunta del ahorro publicada por la Agencia Tributaria es progresiva:

  • 19% hasta 6.000 €.
  • 21% entre 6.000 y 50.000 €.
  • 23% entre 50.000 y 200.000 €.
  • 27% entre 200.000 y 300.000 €.
  • 30% a partir de 300.000 €.

Si la transmisión corresponde a otro ejercicio fiscal, verifica la escala vigente de ese año antes de tomar decisiones.

¿Por qué no se calcula la plusvalía municipal?

El IIVTNU grava el incremento de valor del terreno urbano y depende del valor catastral del suelo, del periodo de generación, del método aplicable y de la ordenanza municipal. Calcularlo únicamente con el precio de compra y de venta produciría una cifra sin fundamento.

¿Ser vivienda habitual puede reducir el IRPF?

Sí. Puede existir exención por reinversión en otra vivienda habitual y, en determinados casos, por transmisión de vivienda habitual por mayores de 65 años. El estimador no aplica estas exenciones automáticamente porque necesita información adicional para comprobar sus requisitos.

¿Qué ocurre si el resultado es una pérdida?

Si el valor de transmisión introducido es inferior al de adquisición, este cálculo no genera cuota de IRPF por ganancia. La pérdida puede tener efectos de compensación en el IRPF conforme a sus reglas. La situación del IIVTNU debe contrastarse separadamente.

¿Dónde puedo contrastar el cálculo?

Para la tributación de la ganancia consulta la información de la Agencia Tributaria. Para la plusvalía municipal consulta la sede electrónica del ayuntamiento donde se encuentre el inmueble.